2.3 Contrato de actrices y músicos para representar en los pueblos
2.3 Contrato de actrices y músicos para representar en los pueblos
Un caso particular lo constituyen los contratos que firmaban los actores para representar en las
fiestas de los pueblos. Se trataba de una práctica muy extendida, según la cual muchos
profesionales del teatro participaban en las representaciones que preparaban para las fiestas
los actores aficionados de los pueblos. Esta práctica explica el arraigo del teatro clásico
incluso en lugares que no contaban con corrales y el conocimiento entre capas amplias de la
población de algunos de los textos que constituyen nuestro teatro clásico. Generalmente, los
representantes de los pueblos contrataban a actrices y músicos, que podían llegar a cobrar unas
cantidades económicas importantes por su trabajo. En unos casos, los actores que firmaban
contratos para representar en los pueblos compaginaban estas tareas con sus obligaciones como
miembros de compañías profesionales; en otros casos, se observa una especialización en la
trayectoria profesional de dichos actores, que centran su dedicación en las representaciones en
pueblos. A continuación figura el contrato que firmaron tres actrices y dos músicos para
participar en las fiestas de Alcobendas de 1643.
En la villa de Madrid a 27 días del mes de marzo de 1643 años ante mí el escribano y testigos
[…] parecieron presentes de la una parte José Méndez y Juan de Carransa, vecinos de la villa de
Alcobendas, y de la otra Antonio de Urosa, como marido y conjunta persona de Francisca Gómez, su
mujer, Josefa María, Juana Flores, representantas, Gaspar Valentín y Juan de Aldama, músicos, y
dijeron que están convenidos y concertados en esta manera: que las dichas mujeres y Antonio de
Urosa por la suya y los dichos músicos se obligan de ir a la dicha villa de Alcobendas para el
día domingo 14 de junio deste presente año y en este día harán dos representaciones, una por la
mañana y otra por la tarde, con sus bailes y entremeses, la dicha Josefa primeros papeles y la
dicha Francisca y Juana segundos y terceros por mitad y dicho Juan de Aldama cantará y bailará y
representará la graciosidad de bailes y entremeses y el dicho Valentín pondrá la música y
cantará, y las dichas mujeres se vestirán los papeles que hicieren excepto los de hombre,
villana, monjas, ángel o demonio, porque estos no han de correr por su cuenta, y todos estarán
prevenidos para ir a la dicha fiesta y a los ensayos dentro de un mes, y no harán falta a lo que
van obligados en lo que a cada uno toca, y si la hicieren, en pena dello darán y pagarán todos
los daños, costas y gastos que se les hubiere seguido a los dichos José Méndez y Juan de
Carranza […]; y por razón de lo que dicho es, los dichos José Méndez y Juan de Carranza […] se
obligaron de dar y pagar […] a la dicha Josefa María 150 reales y a la dicha Francisca Gómez 100
y a la dicha Juana otros 100 y al dicho Juan de Aldama otros 100 y a Valentín otros 100 reales,
pagados a todos la mitad luego [luego tiene en la época el significado de “enseguida”] y la
resta acabada la fiesta […], y más darán a las mujeres para cada una 6 reales de ración y a los
hombres a cada uno 5 reales y más les darán a todos y a las criadas camas y posadas y vendrán
por ellos con las caballerías necesarias a Madrid, adonde las traerán asimismo con las
caballerías necesarias; y es condición entre las dichas partes que si por hecho de los dichos
José Méndez y Juan de Carranza o cualquier dellos y por cualquiera causa o razón todos los
dichos no hicieren la dicha fiesta se obligaron de se la pagar como si la hicieran […]; y en
esta forma cada parte por lo que a cada una toca aceptaron esta escritura y a su cumplimiento y
paga se obligaron con las personas y bienes habidos y por haber […] y todos lo otorgaron así […]
Actividad 1
1. Según el contrato, ¿cada una de las
actrices y los músicos cobrarán 100 reales por su actuación?
a) Sí
|
|
b) No
|
Lo siento, no es correcto
¡Correcto! Josefa María, que es
contratada como primera dama, percibiría 150 reales.
2. Los gastos derivados del
trasporte y alojamiento de los actores y de sus criados, ¿los cubrían los organizadores de la
fiesta?
a) Sí
|
|
b) No
|
¡Correcto! En el contrato se
especifica que les darán a todos camas y posadas, y los recogerán y devolverán de regreso a
Madrid con las caballerías necesarias.
Lo siento, no
es correcto
3. ¿Reciben los actores contratados
un adelanto?
a) Sí
|
|
b) No
|
¡Correcto! Se les paga, por
adelantado, la mitad de la cantidad que tenían que percibir inmediatamente después de la
firma del contrato; la otra mitad, una vez finalizadas las representaciones.
Lo siento, no
es correcto
4. El vestuario de las actrices,
¿lo tenían que facilitar los representantes de la fiesta del pueblo de Alcobendas?
a) Sí
|
|
b) No
|
Lo siento, no es correcto
¡Correcto! Las actrices se
comprometían a llevar su propio vestuario, excepto en los siguientes casos: hombre, villana,
monjas, ángel o demonio.
5. ¿Las actrices y los músicos
tenían que acudir a Alcobendas para iniciar los ensayos en el mes de junio?
a) Sí
|
|
b) No
|
¡No es correcto!
¡Correcto! Los ensayos empezarían
aproximadamente a mediados de abril. La fiesta tendría lugar el 14 de junio de 1643, es
decir, durante la Octava del Corpus de ese año.
6. Según el contrato, ¿las actrices
y los músicos participarían en dos representaciones, que tendrían lugar una por la mañana y otra
por la tarde del día 14 de junio, así como en los bailes y entremeses?
a) Sí
|
|
b) No
|
¡Correcto!
Lo siento, no es correcto